ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL - AN OVERVIEW

orden de detencion europea y entrega - asistencia legal - An Overview

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La orden europea de detención y entrega es una resolución judicial dictada en un Estado miembro de la Unión Europea con vistas a la detención y la entrega por otro Estado miembro de una persona a la que se reclama para el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativas de libertad o medida de internamiento en centro de menores.

one. Contra las resoluciones dictadas por la autoridad judicial española resolviendo acerca de los instrumentos europeos de reconocimiento mutuo se podrán interponer los recursos que procedan en cada caso conforme a las reglas generales previstas en la ley procesal vigente.

1. El Juez de lo Penal competente denegará el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones que exijan el pago de una sanción pecuniaria, además de en los supuestos de los artworkículos 32 y 33, en los siguientes casos:

1. El Juez Central de lo Penal será competente para la adopción de las resoluciones ulteriores en relación con la libertad vigilada ante el incumplimiento de la medida de libertad vigilada o de la comisión de una nueva infracción penal del condenado, salvo que la adopción corresponda a la autoridad de emisión por tratarse de alguno de estos supuestos:

b) Que, teniendo conocimiento de la fecha y el lugar previstos para el juicio, el imputado style and designó abogado para su defensa en el juicio y fue efectivamente defendido por éste en el juicio celebrado.

c) Cuando la orden europea de detención y entrega se refiera a hechos que se hayan cometido fuera del Estado emisor y el Derecho español no permita la persecución de dichas infracciones cuando se hayan cometido fuera de su territorio.

b) Negarse a supervisar las medidas de vigilancia modificadas si éstas no se encuentran entre las medidas que España se ha comprometido a supervisar.

a) Con automobileácter principal, el Juez de lo Penal del lugar de residencia del condenado o donde tenga su sede social si se tratara de una persona jurídica.

2. Cuando la resolución de decomiso hubiera sido emitida por un delito que pertenezca a una de las categorías de delitos enumeradas en el apartado one del artículo 20 y dicho delito estuviera castigado en el Estado de emisión con una pena privativa de libertad cuya duración máxima sea, al menos, de tres años, el Juez de lo Penal acordará la realización de la medida sin Manage de la doble tipificación de los hechos.

e) Cuando no se cumplan los requisitos exigidos para la transmisión have a peek here de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad.

3. Tres meses antes de que la medida adoptada alcance la duración determinada en el vehicle, se dará traslado a la autoridad competente del Estado de emisión para que alegue sobre la procedencia de mantener o levantar aquélla.

a) La prohibición de entrar o aproximarse a determinadas localidades, lugares o zonas definidas en las que la persona protegida reside o que frecuenta.

2. Cuando sea necesario para garantizar la validez de los medios de prueba, se hará constar que la ejecución de las medidas acordadas deberá realizarse observando las formalidades y los procedimientos previstos en el Derecho español que expresamente se indiquen en el certificado.

En aplicación del principio de orden de detencion europea y entrega - asistencia legal reconocimiento mutuo de resoluciones penales, las autoridades judiciales españolas competentes reconocerán y ejecutarán en España dentro del plazo previsto, las órdenes europeas have a peek here y resoluciones penales previstas en esta Ley cuando hayan sido transmitidas correctamente por la autoridad competente de otro Estado miembro y no concurra ningún motivo tasado de denegación del reconocimiento o la ejecución.

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